Ante los servicios mínimos que quiere imponer la empresa, se va a interponer una «suspensión cautelar» por dichos servicios, ya que consiederamos que el Decreto de servicios mínimos es es para aquellos servicios «esenciales» y del sector público. En este caso, pensamos que no son servicios esenciales, ni pertenemos al servicio público en su totalidad (Es una asociación privada).
La respuesta mañana.
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